¿Qué se necesita para poder volar un dron en España?
Alba Sanz, Sp.- Realizar vuelos con drones en España es una actividad muy controlada y que requiere de múltiples permisos para poderla llevar a cabo de manera legal. Por este motivo, varios expertos de la industria se han reunido en un webinar donde se ha explicado cuales son los requisitos necesarios para poder llevar a cabo este tipo de vuelos. Bajo el nombre de ¿dónde puedes volar tu dron?, la responsable de sistemas y soluciones UAS en SAERCO, Blanca Negoscu, el RSGSO Albacete/Badajoz/Madrid-Cuatro Vientos, Luis Pablo Martínez, la gestora de aeronáutica en Aerocamaras y el CEO DE Aerocamaras, Jaime Pereira, se han reunido para dar las claves y las explicaciones necesarias que indiquen qué hay que hacer y qué documentos presentar antes de realizar un vuelo con drones.
Para comenzar, tanto la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (EASA) como la Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA), son las instituciones que regulan este tipo de operaciones con el fin de velar por la preservación de la seguridad de todo el espacio aéreo. Por otra parte, para poder volar con drones en España hay tener en cuenta las restricciones de Enaire, que a su vez depende del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Estas restricciones se pueden consultar en la propia página web.
De acuerdo con María Lozano, en la actualidad existen varios “vacíos legales” que pueden confundir a la población, por lo que es necesario conocer los principales requisitos. Para comenzar, explica “hay que estar registrado como operador de drones en AESA, registrar el dron y contar con la habilitación y titulación que atestigüe que eres piloto de drones, si se tiene el permiso A1 o A3 se deberá presentar una acreditación teórica y práctica, además de contar con un seguro de responsabilidad civil y contratar una póliza”. Asimismo, se deberá presentar una manual de operaciones y un plan de respuesta de emergencia.
Zona CTR, ATZ O FIR
Posteriormente se deberá especificar si en la zona en la que se va a realizar los vuelos es una zona CTR (espacio aéreo controlado), ATZ (zonas de tránsito de aeródromo) o FIR (Flying Information Zones). De acuerdo con Bianca, las CTR abarcan un espacio más amplio que las ATZ en cuanto a la salida y entrada de las aeronaves mientras que la ATZ estaría formada únicamente de un espacio aéreo que rodea un aeródromo y que cuenta con una torre de control. Por otro lado, la zona FIR sería un espacio similar a un ATZ, ya que engloba un aeródromo, pero no se presta servicio de control, si no de información sobre el tránsito y no pueden autorizar volar a las aeronaves.
Necesidad de contar con un EARO
Después de informar sobre la zona en la que se realizará el vuelo es el turno de tener bajo disposición un EARO. Tal y como lo define Europa, el EARO es un equivalente al Estudio Aeronáutico de Seguridad que se requiere para evaluar los vuelos de drones en Espacio Aéreo Controlado con el fin de que no haya ningún riesgo para la seguridad.
Cuando se dispone de un EARO, se lleva a cabo un proceso de solicitud, ya que se considera que un dron en ese espacio puede suponer un riesgo para el vuelo de otras aeronaves. Una primer parte se basa en llevar a cabo un trámite estratégico y de coordinación, en el que se deben analizar los riesgos para el tipo de vuelo, situar la ubicación en el aire y comenzar a coordinar con los proveedores.
En esta línea, el EARO se debe coordinar con AESA y con los proveedores, por lo que primero el piloto o interesado tendrá que ir a la web y descargar el modelo o contactar directamente con el proveedor ya que, dependiendo de cada EARO, existen unas «medidas mitigadoras» específicas.
El siguiente paso es el procedimiento de coordinación táctica de las operaciones, donde se debe estipular las distancias de seguridad, distancias que por otra parte serán publicadas brevemente en un real decreto, para saber qué riesgos supone en la operación.
Posteriormente, cada EARO se deberá coordinar con un proveedor en concreto y debe existir una coordinación previa para operar con el coordinador asociado a ese espacio aéreo. En el caso de las bases militares también hay que coordinarlo con un EARO diferente, al igual que en la gestión de aeropuertos y helipuertos privados.
Notificación mínima de 10 días antes del vuelo
En el caso de los vuelos en entornos urbanos hay que solicitar el permiso de vuelo al Ministerio de Interior, con una antelación mínima de 10 días, además de solicitar los permisos establecidos por ENAIRE drones y en la guía de zonificación de AESA. En caso de ser un dron para rodajes en zonas urbanas se debe llevar a cabo el mismo procedimiento, pero pagando las tasas en los diferentes Ayuntamientos cuando el vuelo se vaya a realizar en zonas públicas. En el caso de que el vuelo se realice en una propiedad privada y sea de menos de 20 metros de altura, solo se necesita el permiso del propietario y no del Ayuntamiento.
Asimismo, cualquier solicitud se debe notificar a las fuerzas y a los cuerpos de seguridad del Estado y se tendrá que llevar a cabo una operación donde se contacte con todas las dependencias afectadas. En el caso de que en la zona que se vaya a operar se encuentre a menos de ocho kilómetros de los aeropuertos y más concretamente de los ARP (punto de referencia del aeródromo), se deberá notificar al aeropuerto, mientras que sí supera más de ocho kilómetros se notifica únicamente a los proveedores.
En el caso de los aeropuertos, de acuerdo con Luis Pablo, estos informan a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, pero deben de coordinarse con Interior. En esta línea, el gestor aeroportuario recibe las solicitudes (que se deberán de presentar 20 días antes del vuelo para asegurar que vayan a contestar con tiempo) y estas se coordinarán con el proveedor del tránsito aéreo, donde se dará una respuesta unificada.
Además, indican que independientemente de la función que vaya a realizar el dron, se deben seguir todos estos procedimientos para no afectar al resto de operaciones. En caso de producirse en un recinto abierto debe existir una coordinación de forma obligatoria y se deberá de poseer, de acuerdo con el real decreto nacional, una radio para las operaciones, ya que “coordinar estas operaciones es uno de los pasos más importantes”.
Por último, explican, los drones de menos de 250 gramos no requieren de ninguna licencia para volar ni de ningún permiso, solamente es necesario que el piloto conozca el libro de instrucciones del fabricante.
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